Radicaciones

Facilita tu voz: Radica tus PQRS de manera sencilla y efectiva.

¡Radica aquí tu petición!

Peticiones, quejas y recursos


Todos tenemos derecho a presentar peticiones

Dispuesto en el Art. 23 de la Constitución Nacional, Art. 153 y Art.158 de la Ley 142 de 1994, y Art. 5 de la ley 1437 de 2011.

EDN Colombia tiene 15 días hábiles para responderte

Según lo que establece la ley, en la mayoría de los casos cualquier petición debe ser resuelta dentro de un plazo de 15 días hábiles.

No necesitas apoderado ni abogado

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones sin ningún apoderado y de recibir orientación sobre los requisitos exigidos.

Contenido de tus peticiones


Requisitos de forma

Información de forma que debe contener tu solicitud.

Nombre de la Empresa a la cual te diriges.

EDN Colombia S.A.S. E.S.P.

Identificación.

Nombre y apellidos completos del solicitante con identificación del documento de identidad.

Dirección donde deseas recibir la correspondencia.

Si deseas la respuesta por correo electrónico, debes informarlo y autorizar su envío. Si el peticionario es una persona privada inscrita en el registro mercantil, debe incluir la dirección de correo electrónico.

Requisitos de fondo

Requisitos para entender y proceder con tu petición.

Objeto de la petición.

Indicar el objeto de la petición y exponer con claridad y precisión las razones o hechos que originan tu petición.

Adjuntos.

Anexar los documentos que respaldan o prueban los hechos que te motivan a presentar la petición (enumerar cada prueba).

Firma.

Firma del peticionario.

Revisión por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de tus casos.

Para que el recurso de reposición sea revisado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SSPD-, en caso de no favorecer tus pretensiones, es necesario que sea interpuesto de la siguiente forma: “Recurso de Reposición en subsidio al de apelación”, para los casos relacionados.

Consideraciones adicionales


Peticiones incompletas


Son aquellos derechos de petición en donde el cliente no ha entregado información y/o documentos relevantes para el análisis de la Distribuidora. A partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o informes requeridos comenzará a correr el término para resolver la petición. Art. 17, Ley 1437 de 2011.

Peticiones oscuras


Son aquellos derechos de petición en donde no se comprende lo requerido, no se especifica el objeto principal de la reclamación, por lo tanto se le devolverá al interesado para que la corrija o aclare. En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición. Art. 19, Ley 1437 de 2011.

Notificaciones al usuario

  1. Notificación del acto Administrativo: La ley prevée que las decisiones que pongan término a una actuación administrativa se notificarán personalmente al interesado, a su representante o apoderado, o a la persona debidamente autorizada por el interesado para notificarse.
  2. La notificación personal podrá efectuarse por medio electrónico, siempre y cuando el interesado acepte ser notificado de esta manera.
  3. Notificación por aviso: Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. La notificación por aviso se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.
  4. Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.


Radica tu petición


Por correo electrónico

Radica tus peticiones por correo electrónico a la dirección radicaciones@edn.com.co.

Escríbenos un email

Por WhatsApp

Envía un mensaje a nuestra línea de WhatsApp +57 (601) 794 5000. Describe tu caso y adjunta los soportes. 

Crea tu petición

Por llamada telefónica

Comunícate con nuestro PBX +57 (601) 794 5000 y te recibiremos tu petición.

Llámanos

Formulario web

Es la forma más fácil y rápida. Completa el formulario y tendrás tu petición radicada en minutos.

Crea tu petición

Preguntas frecuentes


Radica una petición

Diligencia el siguiente formulario para radicar tu solicitud.


Selecciona el(los) servicio(s) sobre los cuales haces tu solicitud.
A esta dirección te daremos respuesta.
Adjunta los documentos que requieras para soportar tu solicitud. Máximo 10 archivos de 1MB.
Protegido por reCAPTCHA, Política de privacidad & Términos de servicio a aplicar.

 Petición recibida con éxito.

Recibirás una confirmación de este radicado en tu correo electrónico registrado.